De esculques y retenes

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Los artículos 11, 16, 20 y 21 de la Constitución nos garantizan a los mexicanos el libre tránsito por el territorio nacional sin ser molestados en nuestras personas o en nuestros bienes sin una orden escrita, además de la presunción de inocencia. Bajo estos artículos de nuestra Carta Magna sabemos que los retenes son anticonstitucionales.

La estrategia de la inteligencia policial se ha convertido en un salir a revisar a ver si entre los que pasan se encuentra algo. En tales retenes se ha obtenido resultados ya que se han encontrado vehículos robados, armamento, etc. ¿Pero estadísticamente en qué proporción?

Una pregunta más: ¿Es la misma forma de pensar o de reaccionar mentalmente la de una persona formada para la prevención del delito a la de una persona adiestrada para estar en situaciones bélicas?

En días pasados aconteció una tragedia la cual fue muy comentada ya que resultó como saldo una muerte y tres personas heridas.

Si bien existen protocolos que deben respetarse al ejecutar tales operativos, también en la prudencia del ciudadano deben existir; sea como cooperación hacia las autoridades así como medida preventiva de nuestra seguridad.

Dice un dicho que situaciones extremas requieren soluciones extremas. La situación de la delincuencia y la violencia han llevado a las autoridades a operar de esta manera, debemos adaptarnos a tal situación cooperando y previendo.

Al pasar de noche por un reten es aconsejable encender las luces interiores de su vehículo. Alumbran más que las lámparas de los elementos de seguridad y con esto usted muestra cooperación y que no esconde nada. Si se va acercando al retén encienda sus intermitentes. Con esto no solo le estará indicando al conductor que viene detrás de usted que reduzca su velocidad sino que le estará comunicando al personal del retén que tiene la intención de detenerse; en caso que se le requiera.

Las tragedias pueden evitarse si cada parte hace lo que le corresponde.
 Javier E. Zepeda Osuna.

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