“El respeto al derecho ajeno es la paz”. Frase que pronunciara el venerable Benemérito de las Américas y que hemos venido escuchando los mexicanos desde nuestra educación primaria ya que adorna varios recintos legislativos, gubernamentales y escuelas así como monumentos a lo largo del país y ha llegado a ser normativa de conducta.
En ocasiones, con tal de salvar sus propios gustos y reclamarlos como derechos, algunos se acogen al espíritu de esta máxima sin ver que ellos mismos la mancillan.
Siguiendo con la temática de editoriales pasados y respetando las diversidades y sobre todo a las personas, hacemos uso del derecho de expresarnos y manifestarnos así como todo mundo lo demanda: “libremente”, para expresar una opinión que algunos estarán de acuerdo, otros no.
En días pasados leí un fallo que consideramos una estulticia, una sandez en el sentido estricto de la palabra: La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la norma del estado de Campeche que prohibía a las parejas gay adoptar menores porque “atenta contra los derechos de los niños de formar una familia”.
Ciertamente los niños necesitan protección, una familia, y no ponemos en duda que las parejas gay que se acercan a adoptar a un menor para brindarle esos cuidados no se los puedan dar.
Seguramente podrán proporcionar excelentes cuidados; pero un derecho de los niños es el de tener un papá y una mamá, y no es llamarle tanto “familia convencional”, como si fuera moda o costumbre, sino familia “natural” conforme a la biología y la antropología del ser humano.
Ni cambiando definiciones ni teniendo dos papás o dos mamás, según sea el caso, se podrá evitar que más adelante, desde su temprana edad, se haga en el niño un vacío; el cual intentará llenarlo más adelante buscando el modelo faltante y suplirlo con alguien ajeno.
Javier E. Zepeda Osuna.