¿Y los derechos de la víctima…?
Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa. Montesquieu
Las prisas por poner en vigor el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, sin haber obtenido ni juzgadores ni litigantes la capacitación y experiencia necesarias, están poniendo de manifiesto garrafales errores, como ya sucedió en Chihuahua, otras entidades y ahora aquí.
Lo mas grave es que se está poniendo de manifiesto que la pretensión de proteger a víctima y victimario, salvaguardando sus derechos, en un afán de evitar que éstos sean prejuzgados y exhibidos por los medios y la ciudadanía está resultando un escudo para proteger mas bien al victimario.
Los “expertos” de la Secretaría de Gobernación y sus intérpretes provincianos están pretendiendo maniatar a los comunicadores pasando sobre el artículo sexto constitucional.
Pero, mas allá del intento por aplicar una especie de Ley Mordaza como la que contenía el 51 bis que se había aprobado y se derogó de inmediato por la presión de los periodistas sinaloenses, está el fomento a la impunidad que ya se está dando en la aplicación de esta nueva “justicia”.
Lo del atentado contra la libertad de expresión contenido en un manual que pretende “enseñar” a los comunicadores como deben de reportear que no es otra cosa que otra pretendida “regulación” o mordaza, es un tema que abordaremos en otros puntos.
Hoy priorizaremos lo que ya está sucediendo y que nos revela que mas que brindar protección a las dos partes involucradas en hechos delictivos (víctima y victimario) lo que se está haciendo con el nuevo sistema y proteger al victimario y dejar inerme a la víctima.
Con el pretexto de que el nuevo sistema evita condenar anticipadamente al presunto responsable y también evitar seguir llenando las cárceles, penales, centros de readaptación o de consecuencias jurídicas del delito, etc. (por nombres no paramos) ahora quienes delinquen no irán a dar precisamente al encierro sino que disfrutan de una cómoda libertad cautelar sin necesidad de fianza ni garantizar la reparación del daño.
Tenemos un caso reciente ocurrido en Los Mochis.
Un chofer, Uriel Bojórquez García, conduciendo en estado de ebriedad estrelló su vehículo contra otro que era conducido por Héctor Manuel Morales Juárez, quien pereció.
Al responsable, turnado ante el Juez de Control y Enjuiciamiento, se le abrió el expediente procesal 51/2015 por homicidio culposo.
En la audiencia ante el juez de la causa, este le aplicó una medida cautelar otorgándole la libertad condicionándole a que se presente a firmar cada quince días y no abandonar el distrito judicial es decir, el municipio de Ahome mientras dura el proceso y se dicte sentencia.
Salió libre sin necesidad de depositar fianza y, lo más grave, sin garantizar la reparación del daño.
Efectivamente, fue un accidente, pero el caso se agrava por el estado y la forma en que conducía, lo que con el antiguo sistema penal no permitiría salir bajo fianza por ser un delito grave y menos sin garantizar la reparación del daño.
No es un delincuente peligroso. En todo caso un irresponsable como habemos decenas o centenares que ingerimos unas copas y nos ponemos al volante.
Pero, si esa forma de justicia se aplica a un asaltante, a un ladrón, a un homicida, que pueden salir en libertad con ese tipo de medidas cautelares en lugar de ir a un centro penitenciario, o como quieran el procurador o los jueces llamarle, al rato vamos a tener maleantes de cierta peligrosidad que cuando sean detenidos podrán salir y seguir delinquiendo.
El nuevo sistema penal se va a prestar para que haya mas corrupción en la procuraduría y los juzgados, y mas impunidad de la que hoy existe.
Los delincuentes que sean detenidos, que no son muchos pues la investigación del delito está por los suelos, se reirán de los policías que los agarren pues sabrán que llegando al juez regresarán luego a la calle.
Les aplicarán ese tipo de “medidas cautelares”, eso si los policías no se demoran una o dos horas después del término para ponerlos a disposición pues entonces saldrán libres sin condicionamiento de no abandonar la ciudad o el municipio ni ir a firmar cada quincena. Ello porque “se violaron sus derechos”. ¿Y los de su víctima qué…?
Hay otros casos, como la liberación de los escoltas del sobrino de Amado Carrillo Fuentes, por ejemplo.
O sea, en lugar de modernizar el aparato judicial, se está modernizando y facilitando la impunidad.
Pobre justicia, que injusta te hacen en Sinaloa!.